Resolución de 12 de julio de 2019, por la que se aprueba la relación definitiva de las solicitudes de interesados de la categoría Enfermera/o que no reúnen los requisitos y condiciones necesarios para el encuadramiento en ningún nivel/grado superior al que tengan, en su caso reconocido, la relación definitiva de las solicitudes desestimadas de interesados que no superan la correspondiente evaluación de los méritos acreditados, así como la relación definitiva de las solicitudes estimadas del personal de la categoría de Enfermera/o que tomó posesión de su plaza con posterioridad al 31 de julio de 2018, de acuerdo con el procedimiento ordinario excepcional previsto en la Instrucción 2/2018, del Director. La resolución estimatoria de la presente despliega efectos administrativos y económicos a partir del 1 de enero de 2019. En el enlace que adjuntamos podrá consultar:

Anexo I.- Relación definitiva de las solicitudes de interesados de la categoría Enfermera/o que no reúnen los requisitos y condiciones necesarios para el encuadramiento en ningún nivel/grado superior al que tengan, en su caso, reconocido.

Anexo II.- Relación definitiva de las solicitudes desestimadas de interesados de la categoría Enfermera/o que no superan la correspondiente evaluación de los méritos acreditados, haciendo constar respecto de cada solicitante los apellidos, nombre, número del documento acreditativo de identidad, nivel/es o grado/s a que puede optar conforme al previo cumplimiento del tiempo mínimo de ejercicio profesional exigible, y respecto de el/los niveles/grados no reconocidos los créditos totales otorgados, créditos parciales por cada uno de los apartados del baremo y causa de la desestimación definitiva.

Anexo III.- Relación definitiva de las solicitudes estimadas de interesados de la categoría Enfermera/o haciendo constar respecto de cada solicitante los apellidos, nombre, número del documento acreditativo de identidad y grado reconocido. Respecto al personal diplomado sanitario, que accede al encuadramiento en el primer o segundo grado, se hace constar los créditos excedentes correspondientes a los méritos A.1 (Conocimientos), B.4 (Docencia) y B.5 (Investigación).

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