A partir del día siguiente a esta publicación, se establece la apertura de un trámite de audiencia, por plazo de diez días hábiles en el que los interesados podrán reclamar o renunciar.

Adjuntamos la relación provisional de los profesionales de la categoría Grupo Auxiliar Administrativo de la Función Administrativa que, habiendo adquirido la condición de personal fijo del Servicio Canario de la Salud entre el 5 de diciembre de 2018 y el 5 de enero de 2019, acceden al sistema de carrera profesional de acuerdo con el procedimiento extraordinario previsto en la disposición transitoria primera, apartado B, del Decreto 421/2007, de 26 de diciembre, por el que se aprueba y desarrolla el modelo de carrera profesional del personal sanitario de formación profesional y del personal de gestión y servicios del Servicio Canario de la Salud, haciendo constar respecto de cada profesional los apellidos, nombre, número del documento acreditativo de identidad y grado, en su caso, a reconocer. Asimismo se recoge la relación provisional de profesionales que, habiendo adquirido la condición de personal fijo del Servicio Canario de la Salud entre el 6 de diciembre de 2018 y el 5 de enero de 2019, no acceden al sistema de carrera profesional de acuerdo con el procedimiento extraordinario previsto en la disposición transitoria primera, apartado B, del Decreto 421/2007, de 26 de diciembre, por el que se aprueba y desarrolla el modelo de carrera profesional del personal sanitario de formación profesional y del personal de gestión y servicios del Servicio Canario de la Salud, haciendo constar respecto de cada profesional los apellidos, nombre, número del documento acreditativo de identidad, y motivo de su no inclusión en el sistema de carrera profesional.

VER AQUI LISTADO Y RESOLUCIÓN

En el trámite de audiencia, los interesados podrán:

* Reclamar contra el grado en el que se les propone encuadrar, aportando los documentos necesarios para justificar los períodos de servicios prestados que pretendan hacer valer. (En caso de acreditación de servicios previos debe hacerlo mediante presentación de modelo "Anexo I", recogido en la Ley 70/1978, de reconocimiento de servicios previos en la Administración pública).

* Reclamar por la posible exclusión de la relación o los errores que pudieran observar, aportando los documentos justificativos en los que apoyen su reclamación. (En caso de acreditación de servicios previos debe hacerlo mediante presentación de modelo "Anexo I", recogido en la Ley 70/1978, de reconocimiento de servicios previos en la Administración pública).

* Renunciar a su encuadramiento en la carrera profesional.

La presentación de las reclamaciones y renuncias deberá hacerse mediante escrito dirigido a la Directora General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, para lo que podrá utilizarse el modelo existente en la página web del Servicio Canario de la Salud, dentro del apartado "Carrera Profesional", "modelos y solicitudes".

Dicho escrito podrá presentarse ante la Dirección General de Recursos Humanos, o ante la Gerencia/Dirección Gerencia a la que se encuentre adscrito el interesado, o en cualquiera de los lugares previstos en la normativa básica de procedimiento administrativo común, conforme a lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La acreditación de los periodos de servicios prestados se hará conforme al modelo Anexo I establecido por el Real Decreto 1181/1989, de 29 de septiembre, por el que se dictan normas de aplicación de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración pública al personal estatutario del Instituto Nacional de la Salud, pudiendo ser presentado en los mismos lugares antes indicados.